Las inundaciones causadas por la DANA en el este y en el sur peninsular han provocado daños significativos en muchas viviendas, diferentes propiedades y personas. Será el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) quien se encargue de atender las reclamaciones de los asegurados.
¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?
El CCS se encarga de cubrir los daños catastróficos que incluyen los provocados por desastres naturales como las inundaciones, terremotos o volcanes. Sin embargo, es esencial saber que el consorcio solo cubrirá aquello que estaba recogido en la póliza contratada por el usuario.
Proceso de reclamación
¿Cuáles son los bienes cubiertos?
- Automóvil: Con una póliza obligatoria, incluso en los seguros a terceros, el CCS se hará cargo de la reparación o indemnización de los vehículos dañados.
- Hogar: Las pólizas de hogar suelen cubrir los daños estructurales y de contenido. El nivel de cobertura dependerá del contrato específico del asegurado.
- Comunidades de vecinos: Los bloques de viviendas también están asegurados, dependiendo de las cláusulas de los contratos de cada comunidad.
- Empresas: Los comercios y empresas con pólizas contratadas recibirán indemnizaciones que pueden incluir reparaciones y compensación por cese de actividad.
Daños personales
En caso de que un fallecido tuviera un seguro de vida, o un herido un seguro de accidentes, el CCS será el encargado de pagar a los herederos o al damnificado, según las condiciones del contrato.
Pasos para reclamar
- Registrar los daños: Es fundamental documentar los daños sufridos, tomando fotos y recopilando evidencias que puedan ser útiles.
- Iniciar el trámite: Los partes deben presentarse en la web del CCS o a través del teléfono habilitado para tal fin. Algunas aseguradoras ofrecen asistencia adicional para tramitar estos partes.
Cuantía de las indemnizaciones
El Consorcio de Compensación de Seguros y las aseguradoras indemnizarán los daños, pero los importes no podrán superar el valor del bien destruido ni el límite estipulado del capital asegurado que figure en el contrato.
¿Es necesario declarar la zona catastrófica?
No es necesario que se declare la zona catastrófica para iniciar las reclamaciones. Las aseguradoras y el CCS están comprometidos a atender a todos los asegurados afectados, independientemente de las decisiones administrativas sobre el territorio.